Novedades 18 Septiembre 2007

Endurecen las sanciones a quienes faciliten en el sector turístico la explotación sexual de menores

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, se han tomado nuevas medidas para combatir el turismo sexual infantil.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ha aprobado una reforma al Código de Contravenciones, mediante la cual dispuso que se arreste y multe a quienes faciliten o promuevan el turismo sexual infantil en la capital argentina y que aplicará sanciones más duras si el infractor trabaja en el sector turístico.


La prostitución de niños es un delito ya incluido en el Código Penal argentino, que prevé una pena de hasta 15 años de prisión a quien "promueva, incite, encubra o participe en actos de prostitución infantil o abuso sexual de menores de 18 años". Sin embargo, hay pocos antecedentes de condenas contra "facilitadores", porque  es un delito muy difícil de probar.



Hasta ahora, en el Código, y respecto a cuestiones sexuales relacionadas con chicos, sólo se castigaba el suministro de pornografía a menores de 18 años. Con la actual reforma, se amplían dichos delitos de modo que "quien promocione, publicite o proporcione ayuda, sitio o servicios a fin de que terceros involucren a niños, niñas o adolescentes a participar en actos de contenido sexual, aún cuando estos no se concreten, será sancionado con 10 a 90 días de arresto y una multa de 5.000 a 100.000 pesos (de 1.148 a 22.984 euros)", sanción que se hará extensiva a quien entregue a menores para que sean sometidos a actos sexuales. Sin embargo, esta pena será más dura si “el entregador o facilitador fuera un trabajador del sector turístico, incluyendo bares y restaurantes, taxistas o conductores de autobuses que pudieran tener relación con el sector”, en estos casos el arresto será de 90 días y la multa de 100.000 pesos. De tratarse de una empresa turística, la multa será también de 100.000 pesos y adicionalmente se podrá decidir, por la vía judicial, el cierre temporal o definitivo de la misma.



Además, la ley obliga a los prestadores de servicios turísticos a suscribir códigos de conducta para proteger a los menores de cualquier forma de explotación sexual. También deberán colocar en sus agencias carteles bien visibles (en español, inglés y portugués) con los teléfonos de los organismos donde denunciar el abuso de menores, y advirtiendo sobre las penas para quienes cometan el delito o lo faciliten. Estarán además obligados a denunciar a los turistas que abusen de menores. El Gobierno porteño deberá hacer un seguimiento de que las agencias y operadores respeten estos requisitos.


Por último, determina que el Estado porteño lleve adelante campañas permanentes de información, en medios públicos y privados, para evitar el abuso de menores.

 

Fuente: HOSTELTUR

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