Novedades 13 Marzo 2008

Se sancionó la reforma a la ley de defensa del consumidor

Finalmente la cámara de diputados sancionó la reforma a la ley 24.240 de defensa del consumidor

La Cámara de Diputados sancionó esta tarde el proyecto que modifica la ley de Defensa del Consumidor, que contempla la posibilidad de que las empresas indemnicen a los usuarios por la venta de productos defectuosos y busca agotar las instancias de acuerdo entre empresas y consumidores.



La iniciativa, que tenía media sanción del Senado, fue aprobada con el voto positivo de 197 legisladores y tan sólo 6 abstenciones. Entre otras cuestiones, la norma contempla las necesidades de los usuarios del interior y procura que ante los conflictos las empresas concilien con sus clientes y no sean objeto de sanciones.

 

Si bien el proyecto estaba en segundo término en el orden del día después de la ley de seguridad vial, los diputados acordaron -debido al consenso que logró la norma- acotar los discursos y aprobar la iniciativa sin debate en el recinto, donde quedó convertida en ley.



La iniciativa impulsada por la ex secretaria de Defensa del Consumidor y actual diputada oficialista, Patricia Vaca Narvaja (Córdoba), fue aprobada por la Cámara baja en agosto de 2006 y luego por el Senado en diciembre del año pasado, donde se le introdujeron cambios que los diputados en el día de ayer, 12 de marzo 2008, aprobaron.

 

A través de esta iniciativa, los consumidores podrán recurrir a los Tribunales Arbitrales de Consumo, que hasta hoy sólo son obligatorios en Capital pero son optativos en las provincias. Se trata de una herramienta que permitirá a cada usuario del país poder dirimir dentro de la jurisdicción donde vive los conflictos que padezca con los prestadores de servicios o comercializadores de bienes.



Además, la iniciativa eleva las multas hasta en 5 millones de pesos para determinados incumplimientos y da a los usuarios el derecho a una indemnización por vía administrativa de hasta 3 mil pesos.



Entre otras cuestiones, obliga a los bancos a informar de manera detallada, "cierta y objetiva" todos los cargos que cobran por mantenimiento de cuenta y créditos y expresa que los usuarios podrán rescindir los contratos de servicios de la misma forma que los tomaron.



Condena, por otra parte, las "prácticas abusivas" contra los consumidores, donde a través de promociones las empresas "se aprovechan de la inocencia" de las personas y también extiende de tres a seis meses la garantía obligatoria para bienes durables.


(Fuente: Télam)

 

TRANSPORTE AÉREO:

En relación al transporte aéreo, queda derogado el artículo 63 de la ley 24.240, de modo que los términos de la ley 24.240 ya no serán  aplicados en forma supletoria a las aerolíneas comerciales, sino que la norma pasa a regir plenamente las relaciones de consumo con el transporte aéreo. 

 


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