Novedades 24 Agosto 2008

Discurso Inaugural del Primer Congreso Iberoamericano de Derecho del Turismo

Discurso pronunciado por el Presidente de IFTTA Argentina en el acto de apertura del !er. Congreso Iberoamericano de Derecho del Turismo el día 21.08.2008 en la Facultad de Derecho de la Uiversidad de Buenos Aires.

Señor Secretario de Turismo de la Nación, Licenciado Enrique Meyer, Señor Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires Dr. Atilio Alterini, Señor Representante de la Organización Mundial de Turismo Dr. Patrice Tedjini, Señor Vice Presidente Ejecutivo de IFTTA Mr. Phil Cameron,  Señores Representantes de las Escuelas de Derecho de Iberoamérica presentes, señores miembros de las importantes entidades representativas de la actividad turística, distinguidos panelistas, señores miembros del Foro de Abogados Especializados en el Derecho de los Viajes y Turismo IFTTA-ARGENTINA, señoras y señores.

 Buenos Aires, la ciudad elegida, se ve halagada por la distinción de que ha sido objeto para organizar este PRIMER CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO DEL TURISMO  y por mi intermedio les da a todos ustedes la más cordial Bienvenida.

 Los organizadores agradecemos el apoyo recibido de la Secretaria de Turismo de la Nación, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, y de las empresas y entidades auspiciantes: Banco de la Nación Argentina, Ladevi Ediciones, Aerolíneas Argentinas, Aeropuertos Argentina 2000, Asociación de Hoteles Restaurantes Confiterías y Cafés, Federación Empresaria Gastronómica Hotelera de la República Argentina,  Tango Porteño, Rubinzal Culzoni, Abeledo Perrot, Universal Assistance, Hotel Ribera Sur, Hotel Howard Johnson, Hotel Emperador, Conquistar Travel, Sol Líneas Aéreas, Cámara Argentina de Turismo, Asociación Argentina de Agentes de Viajes, Asociación de Agentes de Viajes de Buenos Aires y Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina.

Deseo agradecer también la presencia hoy aquí, de los distinguidos panelistas extranjeros que nos honran con su participación, como también excusar la ausencia del Presidente de IFTTA, el distinguido Dr. Dov Kolani  que nos ha enviado sus mejores deseos de éxito.

Este Primer Congreso Iberoamericano, admite como antecedentes los Encuentros Preparatorios realizados en San Pablo, Brasil; Cuzco, Perú; Distrito Federal, México así como también los realizados en las provincias de Santa Fe, Salta, Entre Ríos y Ciudad de Buenos Airs.  Asimismo, abre un camino que nos corresponde a nosotros, los iberoamericanos, extenderlo para abarcar a nuestros hermanos del MERCOSUR, y desde Ushuaia al Río Bravo conformar un bloque junto a nuestros colegas de la península ibérica, y como lo viene haciendo la Comunidad Europea de Naciones, darle el contenido de normas que permitan una fructífera integración turística.

 La presencia hoy aquí con nosotros del Señor Secretario de Turismo de la Nación Sr. Enrique Meyer,  y de los queridos colegas de los entes nacionales y provinciales de turismo, es para nosotros un motivo de orgullo y se lo agradecemos vivamente.

  Deseo destacar muy especialmente la ardua labor que para la concreción de este  PRIMER CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO DEL TURISMO ha desarrollado la Profesora Dra. Graciela Güidi,  alma mater del evento y precursora en la realización del Curso de Posgrado de Actualización en Derecho del Turismo,  quién ha logrado reunir a los destacados panelistas de nuestra    IBEROAMERICA  y del país que ustedes apreciarán de aquí en más.

Y a ellos, a los que expondrán sus ideas y sus ideales en cada uno de los importantes temas que abordará esta Conferencia, nuestro más sincero agradecimiento.

Asimismo, la labor desarrollada por la Comisión Organizadora de IFTTA-ARGENTINA presidida por la Dra. Karina Barreiro e integada por las doctoras Mirna Fabiana Lipschitz, Cinthia Cortés e Isolete Pereira, merece nuestro profundo agradecimiento por la calidad de la tarea emprendida y la calidez que han puesto en dicho empeño y también la labor desempeñada por el Comité Editorial integrado por la Dra. Norma Silvestre y el Dr. Egenio del Busto.

La importancia del turismo hace innecesario justificar la necesidad de su regulación jurídica específica,  y el carácter interdisciplinario de tal regulación viene exigido por la propia naturaleza polifacética de la realidad social cuya organización constituye su objeto y finalidad.

De alguna manera, como lo señala el Profesor Torres Lana, puede afirmarse que la materia social acotada presenta un carácter expansivo que lleva a penetrar en múltiples  ramas jurídicas consolidadas y aun de otras que apenas lo están siendo. Por esa razón no puede sorprender que en la organización jurídica del turismo confluyan y concurran normas de Derecho Internacional Público y Privado, reglas de Derecho Civil y Mercantil, Administrativo y Financiero y, en ocasiones, hasta normas penales. Todas ellas tienen su justificación y su razón de ser de facetas concretas de una realidad tan multiforme. Todas ellas conservan los caracteres, metodología y objetivos que le son propios. Pero todas ellas se integran, sin problema, sin dificultad, en esa denominación genérica, pero de fuerte expresividad, que actualmente se conoce –y así ha sido admitido con generalidad y este evento es prueba cabal de ello- como Derecho del Turismo.

Es indudable su naturaleza mixta en la misma medida en que es multiforme la materia social que regula. Muchas de las normas son de Derecho Público y participan de los caracteres que definen a este sector jurídico; otras, de Derecho privado, con igual configuración. Y en verdad no debe buscarse una distinción tajante –en función de la fuente formal o de la finalidad- en este carácter bifronte. Los aspectos de Derecho público y de Derecho Privado pueden perfectamente concurrir en el seno de la misma norma pues no repugna a la lógica jurídica que en unos preceptos predomine la atención de los intereses públicos y en otra a los privados. De hecho, éste es un fenómeno muy frecuente en las leyes especiales que no se interrogan acerca de su propia naturaleza y caracterización, sino que pretenden tan sólo dar respuesta lo más integral posible a un sector social que, por principio, es multiforme.

De lo que no cabe duda es  que la regulación de la actividad turística se integra en el amplísimo sector que podemos denominar organización de la actividad económica.

En su vertiente o manifestación pública, las normas adquieren una dimensión estratégica que alcanza a sectores tan esenciales en la política económica como las infraestructuras (carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, etc.). En su perspectiva privada, las normas se incardinan fácilmente en el amplio sector jurídico privado conocido comúnmente como Derecho patrimonial, aquel que se dedica a organizar el intercambio de bienes y servicios entre los sujetos del Derecho y a establecer los mecanismos de atribución de tales bienes y servicios a dichos sujetos, debiendo tener presente que también hay fórmulas que, como el llamado time sharing o multipropidad, involucran herramientas de atribución, es decir, titularidades reales.

Es asimismo destacable que el campo de juego de la autonomía privada aparece fuertemente reducido en el Derecho del Turismo.

El usuario de los servicios turísticos es siempre un consumidor natural. De ahí que su régimen de protección encaja sin esfuerzo en la noción técnica de consumidor, en la medida en que resulte ser  destinatario final del servicio adquirido y prestado, es decir, que no lo integre en su propio proceso de producción, como lo señala la Ley de Defensa del Consumidor de la República Argentina, coincidente con las regulaciones existentes en diversos países de Iberoamérica y de las normas sancionadas en tal sentido por la Comunidad Económica Europea.

Pero, además, en cuanto usuario natural, el turista añade una cualidad más que no le resulta nada beneficiosas. El turista se manifiesta, en efecto, como un consumidor particularmente necesitado de protección, especialmente frágil.

Ellos es así porque el turista es, además, un desplazado: está fuera del entorno que conoce y domina y es por esta razón por la que el Derecho se ha mostrado, de un tiempo a esta parte, especialmente cuidadoso en la contemplación del turista como un sujeto específicamente necesitado de protección.

 Y también es innegable que esa protección, con distinto fundamento pero con igual énfasis, debe alcanzar a quienes en el campo de los servicios turísticos arriesgan su capital y su esfuerzo personal y empresario para convertir esta actividad en una de las mayores generadores de puestos de trabajo y entradas de divisas.

Según estimaciones de las Naciones Unidas, en 2007 los países en vías de desarrollo obtuvieron ingresos por 55 billones de dólares sólo por turismo y los pronósticos auguran, con el ingreso de los habitantes de países como China e India, que el gasto por turismo se incrementará entre un 5 y un 6 % anualmente, excluyendo las tarifas aéreas.

Señoras y Señores: este Primer Congreso Iberoamericano de Derecho del Turismo que dejamos inagurado en nombre del Foro de Abogados Especializados en el Derecho de los Viajes y el Turismo (IFTTA-ARGENTINA) se concreta en un instante crucial del desarrollo del turismo, el que se encuentra de hecho en un proceso de gran expansión y crecimiento.

Ciertamente es imposible que un ordenamiento jurídico, ni siquiera aunque sea sectorial, agote las posibilidades normativas y proporcione respuesta segura a absolutamente todas las necesidades existentes.

Lo mejor –se dice- es enemigo de lo bueno y lo bueno a la hora de regular la actividad turística es abandonar el ideal de la perfección y sustituirlo por el mucho más razonable de la eficacia, arbitrando normas flexibles que contengan mecanismos de adaptación  y evolución.

Y entre lo muy bueno que la organización internacional IFTTA ha obtenido ha sido el Convenio con la OMT para la creación de un Foro Interactivo de Legislación Turística, que será precisamente el primer tema de este Primer Congreso Iberoamericano que desarrollará el Vice-Presidente Ejecutivo de la entidad Mr. Phil Cameron.

  Señoras y Señores, ustedes no lo dudo, sabrán apreciar el alto nível académico alcanzado por los disertantes y la alta calidad de las discusiones que habrán de generarse en los distintos talleres para poder abarcar el ambicioso temario propuesto.

 A los organizadores nos habrá de quedar para siempre la satisfacción de haber podido reunir, en tan poco tiempo y con tan escasos recursos, tan selecto auditorio.

  MUCHAS GRACIAS

                                               Dr. JUAN CARLOS FAIRSTEIN

                                                Presidente IFTTA-ARGENTINA

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