La protección de los usuarios es escasa en la legislación aeronáutica. De tal forma tanto en el Código de la materia como en los tratados internacionales sólo existen unas pocas normas que prevén la responsabilidad de las compañías aéreas por accidentes, demoras del vuelo y pérdida del equipaje. Responsabilidad que resulta ser más restrictiva que la que ampara al resto de los usuarios de otros medios de transporte, y cuya razón de ser la encontramos hace casi un siglo atrás en el incentivo a la actividad aerocomercial.